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Alcaldía concedió el premio del cartel de fiestas una semana después de que terminaran

Es el decreto de Alcaldía número 6.276. Se utilizó la imagen y se reprodujo en miles de folletos que se distribuyeron horas antes del chupinazo del 10 de julio, pero la resolución oficial del "premio al mejor cartel de las fiestas Karmenak 2010" se produjo cinco días después de que terminaran las actividades festivas. Exactamente, el alcalde firmó el decreto de concesión y pago del premio el 23 de julio. La ganadora del concurso fue la barakaldesa residente en Ortuella María del Carmen Guerrero Domínguez, que obtuvo 600 euros por la obra. El decreto que proclamaba la ganadora no fue publicado en la web municipal —como ordenan las bases de la convocatoria— y el equipo de Gobierno no hizo referencia al premio hasta el día 6 de julio, cinco días después de que lo anunciara MyWay iBarakaldo, tal como lo recogió BarakaldoDigital.
>> bases del concurso >>


Decreto de convocatoria
DECRETO DE ALCALDIA

APROBACION DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE CARTELES “KARMENAK-2010”

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria número 28/2009, celebrada el día 16 de noviembre de 2009, aprobó inicialmente la “Norma reguladora del régimen jurídico de los concursos culturales de Barakaldo”.

El acuerdo de aprobación inicial fue sometido a exposición pública mediante la inserción del oportuno anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, el 7 de diciembre de 2009, a fin de que los interesados pudieran presentar cuantas alegaciones estimaran convenientes en el plazo de 30 días hábiles siguientes a dicha publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, sin que se presentara alegación alguna.

Mediante Decreto de Alcaldía número 973/2010 de fecha 4 de febrero de 2010, se declaró definitivamente aprobada la referenciada Norma, publicándose su texto íntegro en el Boletín Oficial de Bizkaia de fecha 12 de febrero de 2010.

Habiendo entrado en vigor la precitada normativa y queriendo el Ayuntamiento de Barakaldo conceder el correspondiente premio y disponer a través de la fórmula del concurso de un cartel simbolizador de las fiestas del municipios estima que procede acordar la convocatoria del “Concurso de Carteles Karmenak-2010”.

Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 7 de la Norma, el procedimiento para la concesión del premio se iniciará mediante convocatoria aprobada por el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente.

Considerando que, se han seguido los trámites legalmente procedentes para la aprobación del expediente y entre ellos la fiscalización previa sin que se hayan emitido reparos.

Al amparo del citado art. 7 y concordantes de la Norma reguladora del Regimen Jurídico de los Concursos Culturales de Barakaldo y a propuesta del Concejal-Delegado de Cultura, Educación, Euskera y Deportes, esta Alcaldía-Presidencia


RESUELVE


PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública del concurso de carteles “Karmenak”-2010, convocatoria que se regula por lo dispuesto en la Norma reguladora del Régimen Jurídico de los Concursos Culturales de Barakaldo, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia, de 12 de febrero de 2010.

SEGUNDO.- El límite presupuestario de la misma es de seiscientos euros ( 600,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 00700 45180 4810300. El concurso se resolverá mediante la concesión de un único premio de tal cuantía.

TERCERO.-

Participantes.- Podrán participar en el concurso cuantas personas físicas lo deseen, atendiendo a los requisitos que se establecen. Cada autor podrá presentar el numero de obras que considere oportuno, sin que exista limitación alguna. Las obras deberán ser originales

CUARTO.-

Objeto.- Los participantes deberán presentar carteles de tema y técnica libres, a color, en formato 70 X 50 cm, en vertical y sobre soporte rígido o en formato digital, archivo JPG de similar tamaño, en resolución de, al menos, 300 pixeles/pulgadas ( ppp ).

La obra, de carácter festivo, deberá incorporar:

• la figura del personaje protagonista de las fiestas de Barakaldo: el “Jolin” ( pequeño angelito, vestido con pijama blanco y pañuelo amarillo ). La figura del Jolin se podrá encontrar en la pagina web del Ayuntamiento de Barakaldo ( www.barakaldo.org)

• los motivo/s y/o elementos a través de los que se identifique el cartel con Barakaldo

• los siguientes textos:
BARAKALDO KARMENAK 2010
UZTAILAK 10 – 18 DE JULIO

La obra premiada constituirá el cartel anunciador de las Fiestas de Barakaldo de 2010 y servirá de portada del programa de fiestas, siendo utilizado en otros instrumentos de comunicación y publicidad de las mismas.

Para poder conseguir el premio, los participantes, deberán estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a la fecha de resolución de la convocatoria.

No podrán obtener el premio las personas en quienes concurran las siguientes circunstancias:

a) Cualquiera de las enumeradas en el Art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Haber sido sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o estar incursas en prohibición legal que les inhabilite para ello.


QUINTO.-

Régimen de concesión.-

El premio se concederá de acuerdo con el régimen de concurrencia competitiva, a través de la comparación de las obras presentadas, y la selección entre las mismas de una de ellas, conforme a los criterios que más adelante se señalan. Para el supuesto de incumplimiento por el autor de cualquiera de las condiciones exigidas para acceder al premio, el Jurado escogerá una segunda obra, cuyo autor accederá en tal caso al mismo.

Para el análisis y evaluación de las obras presentadas se constituirá un Jurado, integrado por todos los miembros de la Comisión Municipal de Fiestas y, presidido por el Presidente de la misma, ejerciendo la Secretaría, asimismo, el Secretario de aquella.


SEXTO.-

Criterios de valoración.-
Los criterios de selección y valoración de las obras serán los siguientes:

CRITERIOS DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN / Puntuación máxima
– Expresividad y capacidad simbólica y evocadora de Barakaldo y sus fiestas. 40
– Diseño y colorido. 30
– Originalidad en elementos o perspectivas. 30


SÉPTIMO.-

Documentación a presentar.-

• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, ( D.N.I.) o Número de Identificación de Extranjeros ( N.I.E. ) en su caso.

• Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Foral y de las obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social.

• Declaración responsable de no hallarse la persona o entidad solicitante incursa en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Declaración responsable en la que refiera que no están sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni sancionadas con la prohibición de concurrir a convocatorias de subvenciones.

En el caso de que alguno de los documentos señalados anteriormente estuviese ya en poder de esta Administración, los participantes tendrán derecho a no presentarlos, en virtud de lo dispuesto en el art.35 f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso, deberán presentar declaración responsable de que no han variado las circunstancias existentes en el momento en que se entregó dicha documentación, con indicación expresa de los documentos en cuestión.

Para poder acceder al premio, será preciso entregar un “Documento de datos de terceros” debidamente cumplimentado. ( Salvo que se hubiese presentado con anterioridad y no se hubiesen producido variaciones en sus datos ). El Documento podrá obtenerse en el Area de Cultura, Educación, Euskera y Deportes del Ayuntamiento.

OCTAVO.-

Lugar y plazo de presentación.-

Las obras, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Area de Cultura, Educación, Euskera y Deportes del Ayuntamiento de Barakaldo, ( Planta Baja de la Casa Consistorial, Herriko Plaza 1, C.P. 48901), de 9 a 14 horas, hasta el día 28 de mayo y de 9 a 13 horas a partir del 1 de junio, sin perjuicio de la potencial utilización de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de las solicitudes será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y el 11 de junio de 2010, ambos inclusive.

En la presentación de las obras, las mismas no podrán llevar el nombre del autor de manera visible. Cada obra se acompañara de un sobre cerrado. En el interior del sobre se harán constar los datos del autor; nombre, edad, domicilio, localidad y teléfono y se introducirá la fotocopia del D.N.I. o N.I.E. La falsedad en los datos implicará automáticamente la pérdida del derecho a la obtención del premio y la exclusión de la convocatoria.


NOVENO.-

Las obras presentadas o una selección de ellas, podrán ser objeto de exposición publica en las fechas y condiciones que el Ayuntamiento determine.

Los autores podrán retirar los trabajos no premiados entre los días 1 de octubre y 30 de noviembre de 2010, en el Area de Cultura, Educación, Euskera y Deportes del Ayuntamiento de Barakaldo. Finalizado el plazo, las obras no reclamadas pasaran a poder del Ayuntamiento, que dispondrá de ellas como considere conveniente.

Sin perjuicio de lo anterior, las obras son propiedad de sus autores, a excepción de la premiada que pasara a ser propiedad del Ayuntamiento.


DECIMO.-

La presentación de las obras, conllevará la autorización al Ayuntamiento de la utilización de las mismas o de las correspondientes fotografías o imágenes a efectos meramente expositivos. Para el abono del premio, será requisito imprescindible la cesión en exclusiva al Ayuntamiento de la explotación de los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponder a los autores y ser susceptibles de la misma, por un período de 5 años y de manera indefinida en lo que hace a la edición de materiales recopilatorios de diferentes ediciones del certamen. De la explotación referida no devengaría retribución o compensación adicional alguna en favor del cedente.

UNDECIMO

Plazo de resolución y notificación.-

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones será de 15 días hábiles, a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Corresponde al jurado, sin perjuicio de las competencias municipales, la interpretación de Lo dispuesto en la presente convocatoria y así, cualquier situación no prevista en éstas será resuelta a criterio del mismo, pudiendo adoptar todos los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso.

DUODECIMO.-

Medios de notificación.- La concesión del premio se notificará al interesado de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Decreto de Alcaldía de concesión será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento.

DECIMOTERCERO.-

Vías de recurso.- Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Alcalde Presidente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en virtud de la distribución de competencias prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de 2 meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la recepción de la notificación.

DECIMOCUARTO.- Autorizar el correspondiente gasto por importe total de SEISCIENTOS EUROS ( 600’00 €) con cargo a la partida presupuestaria 00700 45180 4810300.

DECIMOQUINTO.- Procédase a anunciar la Convocatoria en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento.

DECIMOSEXTO.- Notifíquese esta resolución a la Intervención Municipal de Fondos y devuélvase el expediente al Area de Cultura, Educación, Euskera y Deportes.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por el Jefe de Sección de Cultura, el Asesor Ejecutivo del Area y el Concejal Delegado de Cultura, Educación, Euskera y Deportes.

Conforme
JEFE DE SERVICIO DE CULTURA
Joseba Iñaki Sobrino Aranzabe

ASESOR EJECUTIVO DEL AREA
Francisco J. Corpas Herrero

CONCEJAL DELEGADO DE CULTURA, EDUCACIÓN, EUSKERA Y DEPORTES
Carlos Fernández Martínez

EL ALCALDE PRESIDENTE
Antonio J. Rodríguez Esquerdo

Tomé razón
EL SECRETARIO GENERAL
Humberto Estébanez Martín


El presente Decreto no será válido si no lleva incorporado cajetín de inscripción del mismo en el libro de Decretos y Resoluciones de la Alcaldía, obrante al efecto en la Secretaría Municipal de Salida de documentos en los traslados a terceros interesados en el procedimiento.