Comunicado del sindicato Comisiones Obreras El sindicato denuncia que Mutualia ha mantenido bajo observación por tenosinovitis a una trabajadora de la empresa de limpieza Garbialdi sin emitir parte de baja médica, y a la que finalmente la Seguridad Social le ha reconocido la enfermedad profesional.
La Seguridad Social ha emitido en fechas recientes una resolución por la que estima que el periodo de baja de la trabajadora M.L.B.H. debido a una tenisinovitis estenosante digital (síndrome del dedo en resorte) es debido a una enfermedad profesional. M.L.B.H. es trabajadora del sector de la limpieza en la empresa Garbialdi SA y desempeña esta tarea en el Hospital de Cruces.
A primeros de mayo de 2017 la trabajadora comenzó a sentir molestias en el pulgar de la mano izquierda al escurrir una bayeta, molestias que persistieron en el tiempo impidiéndole realizar su trabajo con normalidad. Entre los riesgos que existen en el puesto de trabajo, y que influyen en la dolencia en cuestión, se encuentran las posturas forzadas y movimientos repetitivos de mano y muñeca, así como la manipulación manual de cargas.
Pese a que Garbialdi remitió a Mutualia de forma correcta el parte de asistencia, la mutua inició lo que se denomina “observación enfermedad profesional”. Si bien es un mecanismo que se ajusta a ley para CCOO de Euskadi es altamente perjudicial ya que la mutua no emite parte de baja alguno y eso obliga a la trabajadora a acudir a su puesto de trabajo con molestias y dolores.
Esta situación se prolongó durante doce días durante los cuales Mutualia optó por no aislar a M.L.B.H de su puesto de trabajo, hasta que ésta acudió a atención primaria de Osakidetza donde se emitió un parte de baja por enfermedad común. Tras la denuncia llevada a cabo por CCOO, la Seguridad Social ha establecido que el periodo de baja derivado de la tenosinovitis, que duró cinco meses, es debido a enfermedad profesional.
CCOO de Euskadi exige a las mutuas en general, y a Mutualia en particular, que no se cometan este tipo de extralimitaciones en relación a los periodos de observación por enfermedad profesional y que si las personas trabajadoras no pueden desempeñar sus tareas, emitan el correspondiente parte de baja médica. CCOO va a seguir denunciando estas prácticas que considera claramente lesivas para las personas trabajadoras, puesto que se mantiene la exposición a las condiciones de trabajo que han generado la dolencia, lo que dificulta el proceso de recuperación.
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